Convención Internacional sobre los Derechos del Niño
Todo sobre la Convención de los Derechos del niño y documentos en
http://www.humanium.org/es/convencion/
Texto adaptado para niños de 10 años en adelante
http://www.humanium.org/es/convencion-adaptada/
La Convención fue adoptada por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) el 20 de noviembre de 1989 para proteger los derechos de los niños de todo el mundo y mejorar sus condiciones de vida.
Artículo 1 – Definición de niño
La convención afecta a todos los niños. Si tienes menos de 18 años de edad, eres un niño, y por lo tanto te encuentras protegido por esta convención.
Artículo 2 – El derecho a no ser discriminado
Tienes derecho a ser respetado, ya seas una niña o un niño, sin importar cuál sea tu estado de salud, tu origen social o étnico, el idioma que hables, tu religión, tus opiniones o tu nacionalidad.
Artículo 3 – El derecho al bienestar
1. En todas las decisiones que tengan que ver contigo, se deben tener en cuenta tus intereses.
2. El estado debe proteger y garantizar tu bienestar si tus padres no pueden hacerlo.
Artículo 4 – El derecho a ejercer tus derechos
Artículo 5 – El derecho a ser orientado por tus padres
Artículo 6 – El derecho a la vida y al desarrollo
Artículo 7 – El derecho a un nombre y una nacionalidad
Artículo 8 – El derecho a la protección de tu identidad
Artículo 9 – El derecho a vivir con tus padres
Artículo 10 – El derecho a reencontrarte con tu familia
Artículo 11 – Protección contra el secuestro y el traslado a otro país
Artículo 12 – El derecho a la libertad de opinión
Artículo 13 – El derecho a la libertad de expresión
Artículo 14 – El derecho a la libertad de conciencia, religión y pensamiento.
Artículo 15 – El derecho a la libertad de asociación
Artículo 16 – El derecho a la protección de la privacidad
1. Nadie tiene derecho a invadir, sin una razón legal, tu privacidad, es decir, tu vida privada o tu vida familiar. Tu casa, tu correo, así como tu honor y tu reputación, constituyen tu privacidad y están igualmente protegidos.
Artículo 17 – El derecho a la información
Artículo 18 –Las obligaciones de tus padres
1. Tus padres deben criarte y garantizarte un desarrollo adecuado.
2. El estado debe ayudar a tus padres en esta tarea, creando instituciones y servicios cuyo trabajo sea cuidar de tu bienestar.
Artículo 19 – El derecho a ser protegido contra el maltrato
1. El estado debe protegerte contra cualquier tipo de maltrato, estés bajo el cuidado de tus padres o de otra persona. Tienes derecho a ser protegido contra la violencia, el abandono, el descuido, la explotación y la violencia sexual.
Artículo 20 – El derecho a ser protegido aunque no tengas familia
1. Si no tienes familia, el estado debe protegerte y cuidarte.
Artículo 21 – El derecho a ser adoptado
Tu adopción solo será permitida si favorece tu bienestar.
Artículo 22 – Los derechos de los niños refugiados
Artículo 23 – Los derechos de los niños discapacitados
1. Si eres discapacitado, tienes derecho a tener la mejor calidad de vida posible. Tienes derecho a recibir respeto hacia tu persona y tu dignidad. Tienes derecho a ser tratado como a cualquier otro niño para que te ayude a ser lo más independiente posible y a participar de la vida de tu comunidad.
Artículo 24 – El derecho a la salud y a la atención médica
1. El estado debe permitirte gozar de un buen estado de salud, brindándote todos los tratamientos médicos necesarios.
Artículo 25 – El derecho a que tu internación sea revisada
Artículo 26 – El derecho a la seguridad social
1Artículo 27 – El derecho a tener un buen nivel de vida.
1. Tienes derecho a tener un buen nivel de vida que te permita desarrollarte normalmente.
2. Tus padres son responsables por tu desarrollo.
3. De ser necesario, el estado debe ayudar a tus padres, especialmente, a proveerte comida, vestimenta y vivienda.
4. Si tienes derecho a una pensión alimenticia, el estado debe garantizar que la recibas y que este derecho sea respetado dondequiera que estés.
Artículo 28 – El derecho a la educación
Artículo 29 – Las objetivos de tu educación
Artículo 30 – Derechos del niño para los grupos indígenas y las minorías (*)
Artículo 31 – El derecho al tiempo libre
Artículo 32 – El derecho a la protección contra la explotación laboral
Artículo 33 – El derecho a la protección contra las drogas ilegales
Artículo 34 – El derecho a la protección contra el abuso sexual
Artículo 35 – El derecho a la protección contra el tráfico de personas
Artículo 36 – El derecho a la protección contra cualquier otra forma de explotación
Artículo 37 – El derecho a la protección contra la tortura y el cautiverio
Artículo 38 – El derecho a la protección de los conflictos armados
Artículo 39 – El derecho a la recuperación y la reinserción social
Artículo 40 – La Justicia y los derechos de los menores
Artículo 41 – El derecho a la mejor protección
Artículo 42 – La difusión de tus derecho
Traducido por: Daniela Dimov
Corregido por: Laura Cardonnet |
FUENTE DE LA IMAGEN
https://www.facebook.com/pages/Derechos-del-Ni%C3%B1o-Humanium/398234736948538
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